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No hacer la ITE tiene multa de 3.001€ Y 20.000 euros

Como todos sabemos, según DECRETO 117/2018, de 24 de julio, por el que se regula la Inspección Técnica de Edificios en la Comunidad Autónoma del País Vasco, los edificios obligados a realizar la ITE son aquellos de uso predominantemente residencial (viviendas, hoteles,…) que tengan una edad superior a 50 años a contar desde la fecha de finalización de las obras de nueva planta o de la rehabilitación integral del edificio.

 

Los ayuntamientos, en caso de no presentación de la inspección técnica de los edificios (ITE) en el plazo establecido, podrán requerir a quien tenga la obligación para que en un plazo de dos meses presente el documento acreditativo de la realización de la inspección técnica de los edificios.

 

Transcurrido dicho periodo sin dar cumplimiento al requerimiento y sin perjuicio de las medidas de carácter sancionador que pudiera adoptar, el Ayuntamiento y/o Gobierno Vasco podrán actuar de forma subsidiaria y ejercer su competencia de inspección, llevando a cabo la Inspección Técnica de los Edificio a costa de los propietarios, conforme a los dispuesto en el articulo 102 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

El régimen sancionador aplicable en materia de ITE es el que se contempla en la Ley 3/2015, de 18 de junio, de vivienda.

 

El artículo 84 de la citada norma determina que es una infracción grave carecer de la preceptiva inspección técnica del edificio cuando resulte legalmente exigible.

 

En estos casos, puede recaer, tras tramitar el correspondiente procedimiento, una multa de entre tres mil un (3.001) euros y veinte mil (20.000) euros.

 

Con independencia de las multas impuestas como sanción, podrán imponer multas coercitivas de forma sucesiva y con periodicidad mensual conforme a los dispuesto en el articulo 103 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Ante estos casos siempre recomendamos que contrates a un/a profesional o técnico/a competente para realizar la ITE dentro de los plazos establecidos para cada inmueble y evitar multas y sanciones.

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